Nuestros bienes, ya sean viviendas, vehículos u objetos de valor, pueden sufrir actos vandálicos provocados por terceras personas, ajenos a nosotros. Las compañías de seguros definen actos vandálicos como aquellos daños causados con el único fin de hacer destrozos en propiedad ajena.

¿Puede cubrir mi seguro actos vandálicos?
A los consumidores les interesa que en estos casos las compañías de seguros paguen la totalidad de los daños ocasionados, tanto para el continente como si tenemos asegurado el contenido. El problema está en que los asegurados no tienen claro si están cubiertos por su seguro actos vandálicos.
Cobertura de actos vandálicos
Muchas son las posibles situaciones en las que nuestra propiedad puede sufrir daños, por eso el asegurado se pregunta si la póliza que tiene contratada cubre este tipo de actos. Un día puedes volver a tu coche aparcado y descubrir que fue incendiado tras un partido de fútbol. En otra ocasión, podemos volver a casa y descubrir que han forzado la puerta de manera brutal y aparte de robarnos han destrozado la vivienda.
¿Te has preguntado alguna vez si te pueden indemnizar por algo así? Las aseguradoras cubren la totalidad de daños causados por actos vandálicos, siempre y cuando se tenga la cobertura específica.
Presentar una denuncia de la Policía Nacional es un requisito indispensable para que la aseguradora acepte la situación y haga efectiva la indemnización. Además, cabe decir que este tipo de seguros suelen estar asociados a seguros de hogar o de robo.
Excepciones en indemnizaciones
Entre las excepciones se encuentran las pintadas o pegada de carteles en fachadas, puertas, vallas, ya que se han vuelto muy comunes. De la misma forma, en caso de motines o manifestaciones ilegales, los daños que podrían ocasionarte pueden ser garantizados por Consorcio de Compensación de Seguros.
De la misma forma, si nuestra propiedad se encuentra en estado de abandono, sin puertas o con las ventanas rotas, el seguro no va a pagar al propietario. Los objetos que se encuentren en terrazas, jardines o plazas de garaje tampoco será susceptibles de ser indemnizados.
Otras ocasiones en las que los seguros no cubren los daños es cuando son producidos por un habitante habitual de nuestra vivienda, incluidos inquilinos en algunas ocasiones. No nos darán una indemnización si los daños han sido causados por nosotros mismo, familiares o personas cercanas a nosotros.
Asimismo, existen aseguradoras que dan cobertura especial en caso de actos vandálicos realizados en viviendas de alquiler, incluso, existen cláusulas dedicadas a daños que puedan ser ocasionados en caso de desahucio del inquilino por impago
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